Por la dignidad humana T2-7: ¿Qué es y qué hace la Suprema Corte de Justicia de la Nación?

En esta episodio de Por la Dignidad humana, nuestro anfitrión Jacobo Dayán charla con Javier Martín Reyes, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM en torno a un tema muy debatido actualmente en la discusión pública y es las funciones de la Suprema Corte de Justicia.

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  • Anfitrión: Jacobo Dayán
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  • Temporada: 2
  • Episodio: 7
  • Duración: 29:00
  • Etiquetas: #SupremaCorteDeJusticia, #MinistraPiña, #LópezObrador, #ConstituciónMexicana, #Amlo, #Piñata, #JasmínEsquivel, #ArturoZaldívarLeloDeLarrea, #JacoboDayán, #JavierMartínReyes, #InstitutoDeInvestigacionesJurídicas, #plagio, #NormaLucíaPiñaHernández

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 Transcripción de

Por la Dignidad Humana

Segunda Temporada #PodcastCulturaUNAM

 

Capítulo 7: ¿Qué es y qué hace la Suprema Corte de Justicia de la Nación?

 

Anfitrión: Jacobo Dayán

 

Invitado : Javier Martín Reyes

 

Rúbrica: CulturaUNAM presenta: I had a dream that all men are created equal (voz de Martin Luther King). [Voz de locutora]: Ante la violencia, resistencia. Ante la impunidad, resistencia. Ante lo inhumano, resistencia. La resistencia comienza con la palabra Por eso debemos hablar. “Cuánto tiempo va a pasar para que pueda mejorar, todos somos víctimas de un Estado confiscado con un gobierno involucrado en las ganancias de-el narco…” [Fragmento de México del Instituto Mexicano del Sonido]. [Voz de locutor]: Por la Dignidad Humana. Un podcast del Centro Cultural Universitario Tlatelolco. I had a dream… (voz de Martin Luther King).

 

[Habla Jacobo Dayán]: ¿Qué tal? Soy Jacobo Dayán, director del Centro Cultural Universitario Tlatelolco, en una emisión más de este podcast Por la dignidad Humana de Cultura UNAM. En esta ocasión estoy con Javier Martín Reyes, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas [de la UNAM], me acerqué a él a preguntarle algo que ha estado en discusión pública y por lo que probablemente haya mucha confusión al respecto. Y tiene que ver con la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Javier Martín, muchas gracias por aceptar esta charla.

 

[Habla Javier Martín Reyes]: Nombre, al contrario, Jacobo, es un gustazo estar aquí platicando contigo y con todas las personas, por supuesto, que nos escuchan.

 

[Jacobo Dayán]: Pues arrancaría diciéndote, Javier, que desde chavitos en la escuela nos decían que México es una república federal, que está dividida en tres poderes: el legislativo, el ejecutivo y el judicial. Y, pues, la cabeza del Poder Judicial es la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Pero, en realidad cuáles son… entendemos que el Ejecutivo gobierna, ejecuta, programa los proyectos; el Legislativo hace leyes; qué hace la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

[Javier Martín Reyes]: Pues mira, a ver, lo primero que hay que enfatizar es eso que tú dices, digamos que las constituciones modernas… celebramos que haya tres poderes divididos porque esa es una manera de limitar al poder. Una de las ideas fundamentales de toda la tradición constitucionalista es que un poder absoluto es incompatible con un poder democrático. Y no es casualidad entonces que las democracias constitucionales planteen esta separación. Lo que le toca al Poder Judicial en general, déjame simplificarlo mucho, es resolver las controversias, las disputas, los conflictos que se den con motivo de la aplicación de las leyes que aprueba el Congreso o el Poder Legislativo y esos actos o decisiones que toma el Poder Ejecutivo. Ahora...

 

[Jacobo Dayán]: Pero, Javier, nomás para entender, eso va desde que alguien se quiere divorciar, es decir, acude ante un juez y el juez determina o si hay un robo o un asesinato o un problema entre particulares por un litigio de una herencia o un contrato. Todo esto.

 

[Javier Martín Reyes]: Exactamente, piensa en un contrato donde tú puedes celebrar un contrato de arrendamiento (porque se está rentando un departamento), puedes celebrar un contrato de compra-venta (porque estás comprando un inmueble, estás comprando un carro, lo que sea) y muchas veces, aunque se trata de que esos contratos sean claros entre las partes, y las partes, déjame ponerlos así, se ponen de acuerdo en lo que hay que hacer, muchas veces hay controversias relacionados con cómo interpretamos ese contrato.

 

Cuando a una persona la despiden de su trabajo pues muchas veces el patrón dice que fue un despido justificado porque la persona trabajadora cometió cierto tipo de faltas. Y, quizá, la persona que está siendo despedida considera que esto no es así, que los hechos no sucedieron como dice el patrón o que se está dando una mala interpretación de la ley. O pensemos en los casos penales, cuando una persona comete un delito, pues vamos, presentamos una denuncia ante el ministerio público, las fiscalías investigan y luego tiene que ser un juez o una jueza penal quien decida, a fin de cuentas, si los hechos sucedieron como dice la fiscalía; y si eso se califica o no como un delito. Así nos podríamos ir…

 

[Jacobo Dayán]: Ahora que decías de las fiscalías y los MPs, esos no son parte del Poder Judicial.

 

[Javier Martín Reyes]: Exactamente, en México no son parte del poder judicial y ellos, déjame ponerlo así, son la autoridad que investiga, son quienes presentan los cargos, son el tercero imparcial que decide los hechos y que decide, de nueva cuenta, si hay delito o no hay delito. Eso sí lo tiene que hacer el Poder Judicial, pueden ser locales o federales porque México, como tú lo dijiste muy bien, es una república democrática representativa laica y, muy importante, también es una república federal.

 

[Jacobo Dayán]: O sea, en esta estructura donde hay jueces de todo tipo. ¿La Suprema Corte es la cabeza de eso o cuáles serían las funciones de la Corte?

 

[Javier Martín Reyes]: Pues yo te diría, la corte es la institución que está hasta arriba de la jerarquía, digamos, o de la pirámide que es el Poder Judicial de la Federación. En México tenemos 32 poderes locales, cada una de las entidades federativas. Los 31 estados y la Ciudad De México tienen su propio Poder Judicial, local, luego tenemos un Poder Judicial Federal y hasta arriba de ese Poder Judicial Federal está la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

[Jacobo Dayán]: ¿Cuál es su chamba? ¿Cuál es la chamba de la Corte?

 

[Javier Martín Reyes]: Mira, yo te diría, la chamba hoy que tiene la Corte es la de ser lo que llamaríamos un tribunal constitucional. Es decir, a la Corte ya no llegan estos casos que estábamos platicando, sobre si un contrato se interpretó bien, si se interpretó mal; sobre si una persona de nueva cuenta cometió o no ciertos hechos que puedan ser calificados como un delito. No le llegan estos casos para decidir si el despido fue justificado o no fue justificado…

 

[Jacobo Dayán]: O si Juan mató a María, tampoco…

 

[Javier Martín Reyes]: Exactamente. Todo eso, lo que esperaríamos en un sistema que funciona es que se pueda resolver en los tribunales de primera instancia, si no, en los tribunales de revisión tanto federales como locales. Y sólo un tipo de casos muy particulares son los que llegan a la Corte y esos casos son donde hay un problema de inconstitucionalidad, es decir, donde alguien dice, “oye, esta ley que me estás aplicando, sanciona como delito criticar al gobierno”, por poner un ejemplo hipotético.

 

Pues más allá de si yo critiqué o no al gobierno, si soy responsable y sobre si se hizo un buen ejercicio para ver si esas palabras que dije son o no ofensivas, uno puede hacer el planteamiento de decir, “oye, esa norma penal que dice que es delito criticar al gobierno va en contra de la Constitución”. ¿De qué? Bueno, en este caso sería muy claro, en contra de la libertad de expresión. Hay normas también laborales que regulan las relaciones entre trabajadores y patrones que pueden ser problemáticas desde un punto de vista constitucional. Así puede suceder en todos los niveles.

 

[Jacobo Dayán]: O sea que su chamba es ver si las leyes que hacen pues tanto el Poder Legislativo Federal, es decir, la Cámara de Diputados y Senadores, o los congresos estatales de cualquier estado del país que hacen una nueva ley o hay una ley que ya está vigente por ahí y que alguien se queje y que diga esto no está en concordancia con lo que dice la ley suprema que es la Constitución.

 

[Javier Martín Reyes]: Exactamente.

 

[Jacobo Dayán]: Ellos lo que dicen es, “esto está apegado o no está apegado a la Constitución”.

 

[Javier Martín Reyes]: Exacto, esa ley que aprobó un congreso local, esa ley que aprobó el Congreso Federal, ¿respetan o no respetan la Constitución? Ahora, por qué el parámetro es la Constitución, pues por lo que tú decías, Jacobo, porque es la ley suprema, digamos, otro de los principios de cualquier democracia constitucional es que la Constitución es una norma, es decir, todo lo que está ahí es obligatorio para todas las personas y todas las autoridades. Y todas las leyes que están por abajo, o todas las decisiones que toma el presidente, los gobernadores, los presidentes municipales, la administración pública en general tienen que apegarse a la Constitución, bueno, la Corte lo que analiza son los casos más importantes, los más relevantes, los más novedosos, donde lo que se plantea es que una ley o un acto de una autoridad son contrarios o rebasan los límites que establece la Constitución.

 

[Jacobo Dayán]: Ahora quisiera regresar a este punto, pero antes de ahondar quisiera preguntarte, sabemos que hay ministras y ministros, ¿cómo se conforma y cuántos ministros y ministras hay en la Corte?

 

[Javier Martín Reyes]: La Corte tiene 11 integrantes que se llaman así, ministras y ministros de la corte. Son personas que esperaríamos, deben tener dos grandes características, es decir, tienen que ser muy buenas y muy buenos abogados. O sea, es decir, el trabajo que hace la suprema Corte de Justicia (a diferencia de lo que pasa, por ejemplo, en las Cámaras Legislativas, en el parlamento, en el Congreso de la Unión), es un trabajo muy técnico, digamos…

 

[Jacobo Dayán]: ¿Entonces aquí sí hay una obligación de que sean abogados?

 

[Javier Martín Reyes]: Sí, es decir, para ser ministra o ministro de la Corte, hay que ser una persona con el título de la licenciatura en derecho y tener, por lo menos, diez años de antigüedad, porque esos diez por lo menos para garantizar un mínimo de experiencia. Y la otra cosa que es muy importante, Jacobo, es que también tienen que llegar personas que sean políticamente imparciales. O sea, en la medida en que la Corte va a resolver muchísimos asuntos donde al final de cuentas la presiones son enormes. ¿Por qué? Porque se juegan los intereses de la Presidencia de la República, del Congreso, de los congresos locales, las y los gobernadores, intereses privados, yo diría también. Por supuesto, los grandes intereses económicos del país. Muchas veces se terminan realizando litigios donde, literalmente, están en juego millones de pesos.

 

Entonces claro, para que puedan tomar esas decisiones, esas personas tienen que tener no sólo el conocimiento técnico necesario, sino también la independencia política para decidir, no a partir de sus ideologías ni sus creencias ni de las presiones que reciban, tanto legítimas como ilegítimas, sino a partir del mejor entendimiento que tengan de lo que dice la Constitución.

 

Es decir, la legitimidad de la Corte se da en buena medida en qué tanto se apega al texto, al espíritu de la Constitución, a las decisiones previas de la Corte. Entonces, es una labor no sólo compleja sino diferente al trabajo de representación que hace el Poder Ejecutivo y el Legislativo. En el Ejecutivo y en el Legislativo sí queremos tener personas que defiendan ciertos ideales, ciertos programas de gobierno, por los que votamos y que esperamos ver materializados en la realidad. El Tribunal Constitucional, nuestra Suprema Corte, juega un papel diferente. La Corte es algo así, déjame poner una metáfora, como el árbitro del partido de fútbol, que tiene que dejar que las y los jugadores tomen las decisiones que más le convengan a sus equipos pero en el momento que haya una falta hay que marcarlas, si hay un fuera de lugar hay que marcarlo, si hay un penal hay que hacer lo mismo y a veces tiene que sacar las tarjetas amarillas o rojas, por qué, porque el trabajo también es ése, marcar cuándo una decisión o cuando una jugada de los actores políticos está dentro o está fuera de esos límites, de esas reglas que están establecidos en la Constitución.

 

[Jacobo Dayán]: ¿Quién elige a estas personas, entonces? Entiendo lo que me dices, de que es como decirle a los jugadores o jugadoras de futbol que elijan al árbitro o a la afición que elija al árbitro. Es decir, al ser una chamba técnica lo que uno buscaría es que esas personas, si fuera por elección directa, como si votamos por el presidente o la presidenta o por el Congreso, pues esas personas tendrían ciertas obligaciones con sus electores o harían campaña ofreciendo A u ofreciendo B u ofreciendo C y estarían sujetos a intereses económicos para hacer compaña. Entiendo entonces que no sería útil esta propuesta de que vamos a votar todo mundo por los jueces. Entonces, ¿hoy cómo se eligen?

 

[Javier Martín Reyes]: Los dos temas son muy importantes, lo primero, ¿no? ¿Qué pasaría si eligiéramos como elegimos al Ejecutivo y al Legislativo, al Poder Judicial? Pues lo que veríamos naturalmente es una partidización de esas designaciones, entonces, a quién le deberían la chamba las y los ministros de la Corte, pues a quienes les dieron votos o a quienes les dieron los recursos. Y en México y en el mundo, típicamente, quienes tienen la capacidad de movilizar los votos y de convocar a las personas a las urnas son los partidos políticos y, obviamente, quien puede financiar campañas muchas veces son los grandes intereses económicos.

 

Ahora, esto no es una hipótesis, yo te diría, Jacobo, hay países en donde se ha decidido elegir democráticamente o por elecciones populares a la judicatura y la verdad es que los resultados son bastante desastrosos. Bolivia a es un muy buen ejemplo donde las cosas no han salido bien, la gente vota muy poco, desconoce a las candidaturas, las personas que llegan no tienen la capacidad y lo que tú dices, se siente comprometidas con las personas por las que votaron. Pero la metáfora es muy buena, es como si en el fútbol las aficiones terminaran decidiendo quién va a ser el árbitro del partido. Pues quién pondría al árbitro, pues las aficiones más grandes y eso haría que en el momento en que está pitando el árbitro se acordara que el cargo o la chamba se la debe a esa afición en particular y eso por supuesto que podría sesgar sus decisiones. Por eso es que en México y en prácticamente todo el mundo, Jacobo, se han diseñado otro tipo de procedimientos para designar a ministras y ministros.

 

Nuestro procedimiento no es ni de cerca el mejor, yo creo que se tendría que mejorar en muchos aspectos, porque en México cómo se eligen a ministras y ministros, es el presidente de la República el que manda una propuesta por cada vacante, por cada cargo que hay, él manda tres propuestas, una terna y después el Senado tiene que elegir con una mayoría calificada, esto es muy importante. ¿Por qué no se pide nada más el 50% más uno?

 

[Jacobo Dayán]: Calificado en dos tercios.

 

[Javier Martín Reyes]: Exactamente, es dos terceras partes, 66.66666 al infinito por ciento, no de las personas que estén presentes en el Senado. Ahora, por qué pedir dos terceras partes si no es cincuenta más uno. Pues hay una lógica de que se tengan que crear consensos amplios, entre los diferentes sectores del Senado para qué, idealmente, pues para optar por perfiles que puedan ser más imparciales y que no respondan a una ideología o a un partido político.

 

Ahora, la trampa, déjame ponerlo así, en el caso de la Constitución Mexicana, es que nuestra Constitución dice y esto es algo que viene de la era no democrática de México también hay que decirlo. Y es que, si el Senado se tarda más de treinta días en contestarle al presidente, el presidente nombra. Eso qué hace, pues de entrada que haya una enorme presión para el Senado, que no tengamos el tiempo suficiente incluso como sociedad, para poder analizar los perfiles de esas tres personas que están siendo propuestas. Y lo que es todavía peor, Jacobo, es que la Constitución dice que, si el Senado no le aprueba la propuesta al presidente o no se logran esas dos terceras partes, entonces el presidente manda una segunda propuesta. Y en esta segunda propuesta o en esta segunda terna lo que dice la Constitución es, “Si el Senado se tarda más de treinta días, el presidente nombra directamente” y lo que es todavía más nefasto, digamos, en términos de diseño institucional es que dice la Constitución que, si la segunda propuesta al Senado es rechazada, entonces el presidente nombra directamente a la persona.

 

Esto qué hace, pues que le da un enorme poder al presidente de la República, el presidente, de nueva cuenta, no sólo el actual, sino todos los que han nombrado ministros desde 1994 a la fecha saben perfectamente que pueden mandar no muy buenas propuestas para la corte y que al final de cuentas el Senado está un poco atado de manos, porque o le acepta una de esas tres propuestas o sabe que en la siguiente ronda el presidente les puede imponer. Entonces, de nueva cuenta, es un procedimiento muy imperfecto, hay que decirlo, pero un remedio, digamos, con las elecciones populares saldría todavía más caro que la enfermedad, por decirlo de alguna manera.

 

[Jacobo Dayán]: Digo, porque una de las problemáticas es esa que mencionas, de que el procedimiento genera presión al Senado, pero la otra, también lo que ha ocurrido históricamente de que se dividen. Es decir, si hay tres huecos o tres vacantes, un partido se queda con una, el otro con otra, o dos con uno y uno con el otro, que tampoco es lo ideal. Es decir, tendríamos que tener mecanismos mucho más democráticos de selección, que el que tenemos no es el ideal, pero la propuesta de ponerlo a elección sería todavía peor. Bueno, eso ya nos queda más o menos claro. La otra, entonces, que te pregunto (que también ha estado en debate) es si la corte lo que hace es validar si normas o acciones están apegadas al marco constitucional no tiene la facultad de opinar o decidir si una ley es buena o es mala, conviene, no conviene, es decir, la Corte no recibe casos para dar su opinión sobre si una ley es buena o es mala. O decir, “esto no se apega al marco constitucional, aunque la norma sea buena”.

 

[Javier Martín Reyes]: Sí, a ver, totalmente, y déjame regreso al símil, al árbitro en un equipo de fútbol no le toca decir si le gusta o no cómo juega un equipo, si le gusta que el equipo esté echado para atrás, o si le gusta que juegue cuatro-cuatro-tres o cuatro-cuatro-dos…

 

[Jacobo Dayán]: cuatro-cuatro-tres no puede jugar, es cuatro-cuatro-dos…

 

[Javier Martín Reyes]: Ahí hasta para decir que había un jugador de más, pero digamos, el árbitro en un partido de fútbol no está para decir si la alineación le gusta o no le gusta, si tiene que entrar un jugador o no, si hay que jugar más atrás, o sea, es decir, estas son estrategias que libremente tienen que elegir las y los jugadores. ¿Para qué está el árbitro? Para marcarlas faltas, para marcar las infracciones al reglamento. En la Corte para lo mismo, o sea, en una democracia se vale y tiene que ser así el que la ciudadanía elija entre diferentes programas de gobierno. Un requisito indispensable para tener democracia es que haya alternativas distintas. Imagínate si todos los partidos políticos propusieran exactamente lo mismo y todas las candidaturas propusieran exactamente lo mismo, pues para qué diantres tenemos elecciones si al final de cuentas estamos votando por el mismo programa. Entonces esa diversidad es importante y esa diversidad se puede y se tiene que traducir en políticas públicas diferentes, de izquierda, de derecha, de centro, liberales, conservadoras, es decir, las podemos clasificar de muchísimas maneras y la democracia es eso, es elegir.

 

A la Corte no le toca decir si le gusta o no le gusta una ley o una decisión, no le toca decir si es la mejor o es la peor, según una ideología, según un partido político, según una concepción, a la Corte lo que le toca es marcar las faltas que se dan, déjame ponerlo así, en la cancha del sistema jurídico, es decir, cuando esas decisiones rebasan los límites que marca la Constitución, cuando esas decisiones van en contra de esas normas que están en la Constitución y en las leyes, ahí cuando la corte está para intervenir y poner el límite y decir, “no se vale”. Eso no quiere decir que sustituya a legisladores, no quiere decir que sustituya al presidente, simple y sencillamente, le está diciendo (así como un árbitro de fútbol), “usted cometió una infracción que amerita penal y una tarjeta roja”. Pues lo mismo, el día que se aprueba una ley que es inconstitucional, por su procedimiento o por su fondo, la Corte está para decir, “esta ley la tenemos que invalidar”. ¿Por qué? Pues porque es contraria a la Constitución, no porque nos guste o porque no nos guste.

 

[Jacobo Dayán]: Creo que el ejemplo que das es perfecto. Es tanto como si alguien mete un golazo cometiendo una falta y te dice, “no me anules el gol porque fue un golazo”. Y la chamba del árbitro es decirle, “pues sí, pero yo no estoy aquí para ver si la chilena estuvo increíble o no, sino simplemente para decir aquí hubo una falta y lo siento mucho.” Esté muy bonito o muy feo el gol.

 

[Javier Martín Reyes]: Y al revés, es digamos, cuando en un partido de fútbol vemos el más horrible autogol de un equipo (producto de un error brutal de la defensa o del portero), pues eso en términos del reglamento sigue siendo un gol, aunque nos parezca espantoso, aunque hayan tirado el penal de punta o casi casi hayan metido el gol tropezándose, bueno, pues un gol es un gol. Y lo mismo en el derecho, una falta, una infracción, una vulneración a la Constitución lo es independientemente de qué tanto nos pueda gustar el contenido de la decisión o de la ley.

 

[Jacobo Dayán]: Entonces, en resumen, la chamba de la Suprema Corte de Justicia es validar que el actuar de los funcionarios y las leyes que se emiten estén de acorde con la ley suprema que es la Constitución. Ellxs están para salvaguardar la constitución, esa es su chamba y una democracia eso resulta relevante porque unos hacen las leyes, otros ejecutan los programas del gobierno, las leyes y otros validan que no se viole la ley. Y otros validan, que es la Suprema Corte, que la máxima ley esté en concordancia con todo lo que está ocurriendo allá abajo.

 

[Javier Martín Reyes]: Exactamente y otro más importante Jacobo, hay que decirlo es que ni la corte ni el poder judicial pueden casi nunca actuar ellos solitos, es decir. Incluso si ven que una ley es inconstitucional se tienen que esperar a que alguien presente una demanda, un juicio de amparo, una acción de inconstitucionalidad, algún medio de defensa, para entonces sí pronunciarse. Esa también es una de las limitaciones, en ese sentido y sí, hay que verlo así, que la Suprema Corte de Justicia es el gran árbitro de la democracia.

 

[Jacobo Dayán]: El gran árbitro que no actúa solo, sino que, si le hablan por teléfono y le dicen, “oye, échame la mano con ésta”.

 

[Javier Martín Reyes]: Exacto, como en el VAR, al que le dicen, “oye, hay que revisar esto”. Pues vamos y lo revisamos. Y de nueva cuenta, tiene que ser un procedimiento que te garantice que esa decisión de revisión de la jugada del VAR o de la constitucionalidad se haga de manera técnica, de manera imparcial, de manera clara, porque lo que quieres es eso, es un árbitro que sea confiable y permita que siga el juego democrático.

 

[Jacobo Dayán]: Bueno, una pregunta más para terminar, Javier, que también me surge a partir de la información que ve uno en noticias. Se culpa mucho a los ministros a la presi… particularmente a quien preside la Suprema Corte por el actuar de jueces en todo el país, que si liberaron a un narcotraficante, que si hay corrupción en un tribunal o un juez. ¿Son responsables la Suprema Corte o la presidencia de la Suprema Corte por el accionar de todos los jueces del país?

 

[Javier Martín Reyes]: Eso yo creo que es una pregunta importantísima, Jacobo, porque de alguna manera nos muestra cómo el Poder Judicial funciona con una lógica diferente que la del Poder Ejecutivo.

 

La lógica del Poder Ejecutivo y de la administración pública es un poco una lógica como militar, ¿cierto? Donde a la cabeza tienes una persona que gira instrucciones y luego toda la administración pública tiene que ir ejecutando las órdenes que el presidente les da a los secretarios, que los secretarios les dan a los subsecretarios. Es decir, hay una jerarquía que responde a una lógica de la línea de mando de que las órdenes bajen desde arriba hasta abajo. El Poder Judicial es diferente. Aunque hay una pirámide, déjame ponerlo así, y hasta arriba está la Suprema Corte de Justicia y abajo están los tribunales colegiados de circuito y abajo están los juzgados de distrito. La verdad es que una de las garantías de la independencia de todo el Poder Judicial es que todas las personas juzgadoras en lo individual son independientes y son autónomos. O sea, es decir, no es válido ni que ministro de la Corte ni que un magistrado de un colegiado esté presionando a un juez de distrito o a una jueza de primera instancia. Ese juez, esa jueza de primera instancia tiene que tomar sus decisiones con absoluta libertad.

 

[Jacobo Dayán]: Y si se equivoca puede uno ir subiendo en esta escalera.

 

[Javier Martín Reyes]: Exactamente, las impugnaciones, las apelaciones, las revisiones, todos los medios de defensa que hay en contra de las decisiones de primera instancia sirven para eso: para revisar si la decisión se tomó bien o se tomó mal. Pero no es esa lógica del yo tiro la línea y la corte decide lo que deciden el resto del poder judicial. No, por supuesto, las juezas y los jueces tienen que respetar lo que dice la Constitución y también las interpretaciones que ha hecho de la Constitución la corte, eso también es importante. Pero los casos individuales los tienen que resolver y qué bueno que así sea, con absoluta libertad todos los juzgadores de primera instancia.

 

[Jacobo Dayán]: Ahora, si hay alguien en todo ese organigrama que actúa abiertamente ilegal, ¿puede ser removido por la cabeza?

 

[Javier Martín Reyes]: Digamos que sí, hay procedimientos de responsabilidad al interior del Poder Judicial. De hecho, en 1994 hubo una reforma importantísima, Jacobo, que creó a la Corte como la conocemos el día de hoy. Pero la otra creación que es importante en esta reforma es el Consejo de la Judicatura Federal. Y el Consejo de la Judicatura Federal es algo así, déjame ponerlo así, quien controla a los controladores quien vigila al poder judicial y precisamente cuando algún juez o alguna jueza comete una falta. El Consejo de la Judicatura tiene órganos que se dedican a investigar y, eventualmente a sancionar, a juezas y a jueces que hayan cometido actos de corrupción o que hayan cometido otro tipo de irregularidades.

 

[Jacobo Dayán]: Y bueno, que me queda claro, incluso, ahorita que decías estos ejemplos, sería tanto como responsabilizar al presidente de la República porque hay un funcionario cuatro niveles abajo que cometió un acto de corrupción y decir que como ahí cometieron un actor de corrupción el que es corrupto es el presidente.

 

[Javier Martín Reyes]: Sí, totalmente, imagínate, e incluso en el poder ejecutivo, donde sí hay una lógica jerárquica, vertical de órdenes. O sea, es decir, esos servidores públicos que están hasta abajo, hasta abajo, en realidad lo que están haciendo es cumplir con órdenes del presidente. Y si ni en esos casos llegamos con los absurdos de decir que cualquier infracción que cometa un servidor público es responsabilidad del presidente, porque sería un absurdo. Imagínate en el poder judicial donde, de nueva cuenta, cada uno de los órganos y cada una de las juezas y de los jueces tiene que ser independiente. Es decir, echarle la culpa de lo que decidan los órganos inferiores, es de verdad un despropósito.

 

[Jacobo Dayán]: Bueno, pues entonces queda claro que tampoco es responsabilidad. Sería responsabilidad de del Consejo de la Judicatura, este que mencionas, si hay probada acción ilegal, corrupción de algún juez y ellos lo saben no removerlo, ahí sí habría un tipo de corrupción.

 

[Javier Martín Reyes]: Exacto y si se le puede suspender, se le puede sancionar, se le puede destituir. Es decir, ahí hay esos procedimientos, precisamente, para garantizar que esas decisiones se tomen de nueva cuenta con independencia,

 

[Jacobo Dayán]: Bueno, pues creo que ya nos queda un poco más claro, si no, tendremos que regresar a preguntarte. Javier, mil gracias.

 

[Javier Martín Reyes]: Nombre, al contrario, Jacobo, un gustazo y cuando me invites por aquí estaremos.

 

Abrazo. Muchas gracias y los esperamos en el próximo episodio de este podcast de Por la Dignidad humana.

 

[Fin de Podcast]

 

 

Semblanza de invitado

 

Javier Martín Reyes (@jmartinreyes) Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM.

Por la dignidad humana

Por la dignidad humana busca generar conciencia y profundizar en el vínculo entre los derechos humanos, el pensamiento crítico y el quehacer de las artes. Ante un entorno nacional y global de violencia creciente, resulta primordial poner el foco en la dignidad humana, la cultura de paz y la promoción y exigencia de los derechos humanos por medio de la cultura y el arte.

Jacobo Dayán

Jacobo Dayán

Anfitrión

Jacobo Dayán es especialista en Derecho Penal Internacional, Justicia Transicional y Derechos Humanos. Fue director de contenidos del Museo Memoria y Tolerancia, investigador de eventos de macro criminalidad en México en el Seminario sobre Violencia y Paz de El Colegio de México y coordinador de la Cátedra Nelson Mandela de Derechos Humanos en las artes de la UNAM. Es el director del Centro Cultural Universitario Tlatelolco de la UNAM, profesor en la Universidad Iberoamericana de la materia Genocidio y Crímenes contra la Humanidad y columnista en Animal Político.

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